En el Sitio de Cervera, hoy Alameda de Cervera pedanía de Alcázar de San Juan, se establecieron varios molinos de pólvora durante el reinado de Felipe IV, según licencia concedida el día 3 de febrero de 1647 a don Juan de Austria, gran prior de San Juan, para que construyera dos fábricas de ingenio de agua en la ribera del río Guadiana que pasaba por sus Prioratos, capaces para producir en ellas dos mil quinientos quintales de pólvora «antes más que menos» [1].

La recurrente y estacional escasez de agua del río Guadiana a su paso por Cervera, situada en pleno Campo de San Juan a unos 50 kilómetros aguas abajo de Ruidera, fue una fuente interminable de problemas que mermaba asiduamente la capacidad de elaboración de pólvora de los molinos de la Real Hacienda.

Sitio de Cervera

Noticias sobre la escasez de agua en Cervera

A finales del verano del año 1775 Vicente Joaquín de Contreras, contador juez conservador de las rentas de la Mesa Maestral de Santiago en Villanueva de los Infantes, tuvo noticias de que no llegaba agua suficiente a los molinos de Cervera y que dicha carestía tenía su origen en el mal uso de los molinos harineros situados en las Lagunas de Ruidera [2].

Para esclarecer la situación, el 16 de septiembre, el juez contador ordenó realizar un reconocimiento, inspección y examen de los molinos ruidereños, para comprobar si su arrendatario, Sebastián Molina, vecino de Villahermosa, o sus molineros habían detenido las aguas no permitiendo su habitual corriente.

Para su ejecución nombró como perito a Pedro Martínez Mancebo, maestro alarife de Villanueva de los Infantes, conocedor de los molinos de Ruidera. Como los ingenios hidráulicos se encontraban dentro del término de Alhambra, informó de su decisión al alcalde de la villa, Juan José Morcillo, que se puso a su disposición para auxiliarle en todo lo que necesitase.

Dos días después, el 18 de septiembre, ya se hallaban en el Real Sitio de Ruidera Vicente Joaquín de Contreras, juez de las diligencias, Francisco Balbín, alguacil mayor de Alhambra, Pedro Martínez Mancebo, perito de las actuaciones, y Juan Bautista Ibáñez, escribano encargado de las diligencias.

Contreras mandó al perito que registrase con todo cuidado la Compuerta Real y todos los ladrones de la laguna del Rey, observando si se había construido alguna obra que impidiera el curso de las aguas. También ordenó al alguacil que tomara declaración a los moradores más antiguos del Sitio de Ruidera.

Compuerta Real de Ruidera

Reconocimiento del Sitio de Ruidera, 18 de septiembre de 1775

Después de las formalidades previas, Vicente Joaquín de Contreras, Pedro Martínez, Francisco Balbín y el escribano llevaron a efecto el reconocimiento de la Compuerta Real de Ruidera «que rige y gobierna la laguna del Rey» y las demás compuertas y ladrones que podían impedir el libre curso de las aguas sobrantes de la laguna del Rey [3].

Ni el juez ni el perito encontraron impedimento alguno que detuviera las aguas de su legítima corriente. Por contra, notaron que el nivel de las aguas de la laguna del Rey había menguado como una vara.

Terminado el reconocimiento, Pedro Martínez Mancebo, perito de las diligencias, de 44 años de edad, declaró formalmente que, en compañía del juez y el escribano, había reconocido con todo cuidado la Compuerta Real, las demás compuertas, ladrones y balsas y en ninguna de ellas encontró «acirates, gasonadas o cespederas» que impidieran el verdadero curso de las aguas, ni observó vestigios de que hubieran existido con anterioridad.

Sin embargo, sí advirtió claramente cómo la laguna del Rey había bajado una vara y las aguas no llegaban por cinco palmos [4] donde regularmente lo habían hecho siempre. Todo lo cual lo podía afirmar ya que conocía muy bien Ruidera, debido a sus frecuentes asistencias a aquel sitio para realizar obras y reparos [5].

El Hundimiento a principios del siglo XX
El Hundimiento a principios del siglo XX [6]

Declaración de los moradores de Ruidera

Al día siguiente, 19 de septiembre, el juez contador Contreras, por medio del alguacil Balbín, hizo comparecer ante él a los moradores más antiguos del Sitio de Ruidera para que informaran sobre las restricciones que se hubieran realizado a las aguas de la laguna del Rey.

El primer testigo que declaró se llamaba Pablo Ceballos, vecino de Alhambra. Después de prestar juramento «en forma de derecho por Dios Nuestro Señor«,  manifestó que era panadero de la villa de Alhambra y para realizar sus moliendas frecuentaba el Sitio de Ruidera. Por esta razón podía afirmar que no había visto nunca ni tenía conocimiento de que Sebastián de Molina, arrendatario de los molinos, o sus criados y molineros hubieran quitado el agua de la laguna con malicia o con ánimo de perjudicar a terceros. Y las veces que lo habían hecho estuvieron motivadas por haber sucedido algún quebranto y ser preciso durante su compostura detener el agua hasta componerlo.

También mencionó no haber visto otras maniobras para conseguir la detención de la corriente, hecho que, en aquellos momentos, era debido a que el agua había menguado de tal forma que no llegaba adonde regularmente lo hacía por 4 o 5 palmos.

Además, la Compuerta Real, «que es la que gobierna la laguna», estaba levantada, dando la laguna toda el agua que podía dar, según el estado de sequedad en el que se encontraba. El compareciente contaba con 35 años de edad y no pudo firmar su testimonio por no saber escribir.

El segundo testigo, Francisco Antonio Izquierdo, vecino de Carrizosa y morador del Sitio de Ruidera como encargado de sus batanes, después de prestar juramento, manifestó no haber visto ni saber que Sebastián de Molina o sus molineros hubieran detenido en ninguna estación del año la corriente, ni que hubieran extraviado las aguas de su verdadero curso «en materia grave».

En ocasiones, matizó el batanero, se había notado alguna merma de corta consideración, faltando el agua en los batanes. Pero en cuanto se hizo presente al molinero principal puso el remedio inmediatamente, dándole satisfacción de haber sido un descuido natural. Es más, Sebastián reprendió y corrigió a su molinero significando que su ánimo era no perjudicar a nadie. Y las veces que se había quitado el agua y se había notado su efecto, fue con la justa causa de tener que realizar ciertas reparaciones necesarias, sin que se hubieran resentido los batanes a su cargo.

La razón por la que había menguado mucho la laguna en aquel estío de 1775 era la sequedad general que se experimentaba en toda la zona.

Debido a esta circunstancia las aguas no llegaban donde solían por más de 5 palmos, las compuertas pequeñas estaban quitadas y la Real se hallaba levantada, dando toda el agua que podía según el estado de la laguna. Francisco tenía 44 años de edad y no firmó su declaración.

A continuación declaró Diego Reinosa, vecino de Carrizosa y morador de Ruidera. Al igual que los anteriores, tampoco había visto que Sebastián Molina o sus molineros, durante el tiempo del arrendamiento de los molinos, hubieran quitado o impedido la corriente de las aguas para su propia utilidad en perjuicio de terceros. Siempre habían observado la costumbre establecida, no deteniendo las aguas salvo en precisos casos en los que había sido necesario realizar arreglos en los molinos y rodeznos.

Lo que sí era cierto, afirmó el testigo, es que las aguas habían bajado mucho de forma que, en aquel momento, solo estaban moliendo dos piedras en los molinos, «pues si se pusiera alguna otra a funcionar, no podría moler ninguna». Este mismo hecho justificaba que no se hubieran realizado maniobras que impidieran el curso de las aguas. Diego contaba con 60 años de edad y no pudo firmar su testimonio por no saber escribir.

Ruidera en 1925
Vista general de Ruidera en 1925 [7]

Antonio Gallego, batanero vecino de Manzanares, testificó a continuación. Con motivo de sus frecuentes viajes a Ruidera a trabajar los retazos que le encargaban como batanero, pudo afirmar que Sebastián Molina no había quitado el agua con malicia en perjuicio de terceros. Y que las aguas habían menguado bastante, de forma que solo podían moler dos piedras, no llegando donde habitualmente llegaban por 5 palmos. Tenía 41 años de edad y no firmó su declaración.

El quinto testigo se llamaba Diego Santiago Jaime, vecino de La Solana y batanero en Ruidera. Después de prestar juramento expuso que hacía pocos días que había concurrido con paños a aquel sitio. Por esa razón no sabía cosa alguna sobre el tema por el que era preguntado, pero presumía que ni Sebastián Molina ni sus molineros habían quitado el agua causando perjuicios a terceros, «atendiendo a que no había experiencia sobre ello». Lo que sí pudo afirmar es que la laguna del Rey había bajado mucho y la Compuerta Real estaba levantada, dando toda el agua que podía. Tenía 52 años de edad y no firmó.

El siguiente en declarar fue Antonio Criado, vecino de Manzanares y también batanero en Ruidera, quien expuso que no podía deponer sobre lo que se le preguntaba por no ser cotidiano en el Real Sitio. Pero había oído que Sebastián y sus molineros no habían quitado las aguas para su utilidad y con perjuicio de terceros. Y si alguna vez les había faltado agua a los batanes, inmediatamente habían reprendido a Sebastián por dicho descuido. Sin embargo en aquel momento las aguas habían bajado por la sequedad dominante, de forma que solo estaban moliendo dos piedras. Tenía 46 años de edad y tampoco firmó su testimonio por no saber escribir.

El séptimo y último testigo que compareció, Francisco Muñoz, era vecino de Villanueva de los Infantes. Después de prestar juramento declaró que, sin embargo de estar de continuo ocupado en su trabajo y no tener mayor noticia sobre el asunto, sí había oído varias veces hablar acerca del buen régimen y gobierno de los molinos y las aguas de Sebastián. También convino que era hombre de toda honradez y que, cuando se había notado alguna falta leve de agua, había reprendido a sus molineros. Lo cierto es que habían bajado las aguas de la laguna y, en aquel verano, no venía la que regularmente bajaba. De 60 años de edad no firmó su declaración [8].

BIBLIOGRAFÍA RECOMENDADA:
SEVILLANO MARTÍN, B.: Ruidera en los reconocimientos de 1775 y 1780, en Cuadernos de Estudios Manchegos, nº 45, Ciudad Real, Instituto de Estudios Manchegos, 2020, pag. 303-324. 

«Siguiente»

Primera parte del artículo titulado «Ruidera en los reconocimientos de 1775 y 1780» publicado en Cuadernos de Estudios Manchegos nº 45, Instituto de Estudios Manchegos, 2020. 


Imagen de portada. Aldea de Ruidera a comienzos del siglo XX.
[1] AGP-AIDG, Secretaría, legajo 314.
[2] AHN-OOMM, Santiago, legajo 6413, reconocimiento de 1775.
[3] La vara era una unidad de longitud utilizada en España. La más empleada era la vara castellana o de Burgos, de 0,835905 metros, tres veces el pie castellano de 0,278635metros.
[4] El palmo era una unidad de longitud que en Castilla equivalía a un cuarto de vara (0,208 m.). Distancia que hay desde la punta del dedo pulgar (mano abierta y extendida) hasta el extremo del meñique, que es igual a una cuarta.
[5] AHN-OOMM, Santiago, legajo 6413, reconocimiento de 1775.
[6] Postal del Hundimiento de Ruidera. Principios del siglo XX.
[7] DOTOR, A. Vista General de Ruidera, al fondo la Laguna del Rey. Ruidera, el famoso lugar manchego de los lagos maravillosos. 1925.
[8] AHN-OOMM, Santiago, legajo 6413, reconocimiento de 1775, declaración de los testigos.